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Fondato, Edito e Diretto in Santo Domingo da Giovanni GARIBALDI - 1997 -

AMBASCIATA D' ITALIA
SANTO DOMINGO

COMUNICATO

REFERENDUM 2005


"Reglas en materia de la Procreación Asistida Médicamente"
(Ley 19 Febrero 2004 n.40)


COMUNICACIÓN PARA LOS CIUDADANOS ITALIANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR


El Domingo 12 de Junio 2005 se celebrarán las consultaciones para CUATRO referéndum populares acerca del tema de la "Procreación Asistida Médicamente".

Las inquietudes referendarias estas denominada de la siguiente manera:

" "Limite a la investigación clínica y experimental acerca de los embriones"
" "Normas acerca de los limites al acceso"
" "Normas acerca de la finalidad, derechos de los sujetos involucrados y acerca de los limites al acceso"
" "Prohibición de la fecundación Heteróloga"

Los ciudadanos Italianos residentes en el exterior, inscritos en las listas electorales, podrán participar al referéndum votando POR CORRESPONDENCIA, a través del sistema postal.

Para este fin, el consulado competente, a mas tardar el 25 MAYO 2005, enviará por correo privado, al domicilio de cada elector, un PAQUETE que contendrá el texto de la ley acerca del voto en el exterior, una hoja informativa que ilustra las modalidades del voto, el certificado electoral, las cuatro boletas electorales, (una para cada referéndum), un sobre completamente blanco y un sobre prefranqucado con la dirección de la oficina consular.

El elector, utilizando el sobre prefranqueado y siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa, deberá mandar SIN RETRASO las boletas electorales votadas, de modo que lleguen a la Embajada a más tardar y NO después de las 16 horas hora local del día 9 de JUNIO 2005.

El elector que a la fecha del 29 MAYO 2005, no haya recibido en su casa el paquete electoral, podrá dirigirse al consulado para verificar su posición electoral y pedir un duplicado.

LAS OFICINAS CONSULARES ESTAN A DISPOSICIÓN DE LOS CIUDADANOS PARA CUALQUIER INFORMACIÓN ADICIONAL.