REFERENDUM 2005
"Reglas
en materia de la Procreación Asistida Médicamente"
(Ley 19 Febrero 2004 n.40)
COMUNICACIÓN PARA LOS CIUDADANOS ITALIANOS
RESIDENTES EN EL EXTERIOR
El
Domingo 12 de Junio 2005 se celebrarán las
consultaciones para CUATRO referéndum populares
acerca del tema de la "Procreación Asistida
Médicamente".
Las
inquietudes referendarias estas denominada de la
siguiente manera:
"
"Limite a la investigación clínica
y experimental acerca de los embriones"
" "Normas acerca de los limites al acceso"
" "Normas acerca de la finalidad, derechos
de los sujetos involucrados y acerca de los limites
al acceso"
" "Prohibición de la fecundación
Heteróloga"
Los
ciudadanos Italianos residentes en el exterior,
inscritos en las listas electorales, podrán
participar al referéndum votando POR CORRESPONDENCIA,
a través del sistema postal.
Para
este fin, el consulado competente, a mas tardar
el 25 MAYO 2005, enviará por correo privado,
al domicilio de cada elector, un PAQUETE que contendrá
el texto de la ley acerca del voto en el exterior,
una hoja informativa que ilustra las modalidades
del voto, el certificado electoral, las cuatro boletas
electorales, (una para cada referéndum),
un sobre completamente blanco y un sobre prefranqucado
con la dirección de la oficina consular.
El
elector, utilizando el sobre prefranqueado y siguiendo
las instrucciones contenidas en la hoja informativa,
deberá mandar SIN RETRASO las boletas electorales
votadas, de modo que lleguen a la Embajada a más
tardar y NO después de las 16 horas hora
local del día 9 de JUNIO 2005.
El
elector que a la fecha del 29 MAYO 2005, no haya
recibido en su casa el paquete electoral, podrá
dirigirse al consulado para verificar su posición
electoral y pedir un duplicado.
LAS
OFICINAS CONSULARES ESTAN A DISPOSICIÓN DE
LOS CIUDADANOS PARA CUALQUIER INFORMACIÓN ADICIONAL. |